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Se promulgó la Ley de Inocencia Fiscal y el Presupuesto 2026: cambios clave en Ganancias y el Régimen Penal Tributario

Con su publicación en el Boletín Oficial, entró en vigencia la denominada Ley de Inocencia Fiscal, sancionada junto con el Presupuesto 2026. La norma introduce modificaciones profundas en el Régimen Penal Tributario, en los procedimientos fiscales y en el Impuesto a las Ganancias, con un enfoque orientado a reducir la litigiosidad y brindar mayor previsibilidad a los contribuyentes cumplidores.

En el plano penal tributario, la ley eleva de manera significativa los montos mínimos a partir de los cuales una conducta puede considerarse delito. Esto implica que muchas situaciones que antes podían derivar en una denuncia penal hoy quedan limitadas al ámbito administrativo. Por ejemplo, el umbral general de evasión simple pasa a ser de $100 millones, mientras que en los supuestos agravados los montos se incrementan hasta $1.000 millones. La lógica detrás de este cambio es clara: reservar la vía penal para casos de verdadera gravedad fiscal y no para diferencias de criterio o ajustes de menor magnitud.

Otro punto central es el refuerzo del principio de que no toda diferencia con el fisco implica delito. La norma establece expresamente que no corresponde formular denuncia penal cuando el ajuste surge de interpretaciones razonables de la ley, criterios técnico-contables discutibles o la aplicación de presunciones legales sin otros elementos de prueba. Además, se consolida la posibilidad de extinguir la acción penal si el contribuyente cancela íntegramente el impuesto, los intereses y un adicional del 50 %, siempre que lo haga dentro de los plazos procesales previstos.

La ley también introduce cambios relevantes en la Ley de Procedimiento Fiscal. Se actualizan los montos de multas formales y materiales, adecuándolos a valores actuales, y se redefine el régimen de prescripción. En términos generales, se mantiene el plazo de cinco años para contribuyentes inscriptos, con una reducción a tres años cuando las declaraciones juradas fueron presentadas en término y no existen discrepancias significativas detectadas por la administración tributaria. Este esquema busca premiar el cumplimiento regular y limitar fiscalizaciones extensas en el tiempo cuando no hay indicios relevantes de evasión.

En materia de Impuesto a las Ganancias, se incorpora un Régimen de Declaración Jurada Simplificada para personas humanas y sucesiones indivisas que cumplan ciertos parámetros patrimoniales y de ingresos. Bajo este sistema, la autoridad fiscal podrá proponer una liquidación basada en la información disponible, y el pago en término otorgará efecto liberatorio, es decir, cerrará definitivamente ese período fiscal salvo que se detecten omisiones graves o el uso de documentación apócrifa. Asimismo, se presume la exactitud de las declaraciones juradas de períodos no prescriptos, reforzando la seguridad jurídica para quienes adhieran y cumplan correctamente.

Finalmente, la sanción conjunta de esta ley con el Presupuesto 2026 marca una señal política y técnica relevante: el Estado redefine su relación con los contribuyentes, priorizando el control sobre grandes incumplimientos y otorgando mayor protección a quienes actúan de buena fe. La Ley de Inocencia Fiscal entra en vigencia desde su publicación y se aplica a nivel nacional, invitando también a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar criterios similares en sus propios regímenes.

Según lo aprobado por el Congreso de la Nación Argentina, el nuevo marco legal apunta a un sistema tributario más previsible, con menos penalización automática y mayor foco en la conducta fiscal relevante desde el punto de vista económico.