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ARCA habilitó el trámite para devolver las percepciones de 2025: quiénes pueden pedir el reintegro y cómo hacerlo

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó recientemente —desde el 1° de enero de 2026— la solicitud para la devolución de percepciones practicadas durante el año calendario 2025, permitiendo que monotributistas, empleados y otros contribuyentes recuperen los importes retenidos por operaciones en moneda extranjera que, en muchos casos, no correspondían como pago a cuenta de impuestos nacionales como Ganancias o Bienes Personales. Esta apertura del sistema se anunció oficialmente y ya está disponible en la plataforma web de ARCA, consolidando un trámite que el organismo viene desarrollando desde 2025 para ejercicios cerrados del año anterior.

El mecanismo de devolución responde al régimen de percepciones que, en la práctica, actúan como pagos a cuenta de impuestos nacionales, y que históricamente fue administrado por AFIP bajo la RG 4815, normativa que continúa siendo la base legal para gestionar estos reintegros a través de ARCA. Según esta normativa y su operación en la plataforma, los contribuyentes pueden presentar una solicitud online ingresando con CUIT, Clave Fiscal y CBU declarada, seleccionando los períodos mensuales de las percepciones que desean reclamar y validando los datos informados.

El procedimiento varía según la situación fiscal del contribuyente: quienes no están inscriptos en Ganancias ni Bienes Personales, como muchos monotributistas o empleados sin retenciones de cuarta categoría, pueden iniciar la solicitud directamente desde el servicio denominado “Devolución de percepciones” en el portal de ARCA. Allí, el sistema muestra las percepciones practicadas por agentes y permite seleccionar aquellas que corresponden al año 2025 para pedir el reembolso.

Para empleados en relación de dependencia que sufrieron retenciones de Ganancias, las percepciones se deben informar en el servicio SIRADIG – Trabajador, de modo que el empleador pueda considerarlas en la liquidación anual del impuesto, con vencimiento para el 31 de marzo próximo. Si las percepciones acumuladas superan el impuesto determinado, el exceso que no compense Ganancias puede también solicitarse a través de la plataforma específica de devoluciones de ARCA.

Los contribuyentes inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales deben, por su parte, computar las percepciones sufridas en sus declaraciones juradas anuales, lo que reduce el impuesto determinado. Si luego de ese cálculo surge un saldo a favor, también podrá solicitarse el reintegro mediante la herramienta de devoluciones de ARCA.

Este procedimiento, además de permitir recuperar lo efectivamente pagado en exceso por percepciones aplicadas sobre compras en el exterior, servicios digitales y otras transacciones en moneda extranjera, también genera intereses resarcitorios a partir de la fecha de presentación de la solicitud, lo que significa que cuanto antes se inicie el trámite, antes comienza a computarse ese beneficio.

La habilitación de este sistema de devoluciones para el ejercicio 2025 constituye una oportunidad para que quienes afrontaron percepciones durante ese año fiscal puedan ajustar sus cargas tributarias y recuperar dinero que no debía actuar como pago a cuenta de impuestos nacionales.