La Resolución General ARCA 5817/2026 prorrogó la vigencia de un régimen clave para las microempresas, que les permite utilizar parte del Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios como pago a cuenta de contribuciones patronales.
ARCA, mediante la Resolución General 5817/2026, dispuso la extensión hasta el 31 de diciembre de 2026 del beneficio fiscal que habilita a las microempresas a computar un porcentaje del Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios —conocido comúnmente como “Impuesto al Cheque”— contra las contribuciones patronales destinadas al SIPA. La norma mantiene sin cambios las condiciones del régimen y se limita a prorrogar su período de aplicación.
En concreto, el beneficio permite que las microempresas computen hasta el 30% del Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios efectivamente ingresado como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales correspondientes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Este mecanismo reduce el costo laboral formal, ya que transforma parte de un impuesto financiero en un crédito aplicable a la seguridad social.
Para comprender el alcance de esta prórroga, es importante recordar que este régimen no es nuevo. Su origen se encuentra en el marco de la Ley 27.264 (Ley PyME), que estableció una serie de incentivos fiscales para pequeñas y medianas empresas, y que fue reglamentada posteriormente por distintas resoluciones generales de la entonces AFIP (hoy ARCA). Entre esos beneficios se incorporó la posibilidad de utilizar parcialmente el Impuesto al Cheque como pago a cuenta de cargas sociales, con el objetivo de aliviar la presión tributaria y fomentar el empleo registrado en las empresas de menor tamaño.
Desde su implementación, el régimen fue prorrogado en varias oportunidades, siempre con plazos temporales. La Resolución General ARCA 5817/2026 continúa esa línea, extendiendo la vigencia del beneficio sin introducir modificaciones en los porcentajes ni en los sujetos alcanzados, que siguen siendo exclusivamente las microempresas debidamente caracterizadas como tales ante el organismo fiscal.
Finalmente, la norma aclara un aspecto operativo relevante: la determinación de los aportes y contribuciones de la seguridad social deberá realizarse utilizando el release 5 de la versión 47 del sistema “Declaración en Línea”, disponible en el sitio web de ARCA. Esta precisión técnica resulta necesaria para que el cómputo del beneficio se refleje correctamente en las declaraciones juradas de cargas sociales.
En síntesis, la Resolución General ARCA 5817/2026 no crea un nuevo beneficio, sino que extiende la vigencia de un régimen ya conocido, brindando previsibilidad a las microempresas durante todo el año 2026 en relación con el uso del Impuesto al Cheque como alivio parcial de las contribuciones patronales.




