La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General N.º 5778/2025 en el Boletín Oficial del 27 de octubre de 2025, mediante la cual introduce modificaciones en el régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias. La medida ajusta parámetros y plazos previstos originalmente en las Resoluciones Generales N.º 5211 y 5246, con el objetivo de actualizar los montos y mejorar la administración tributaria.
Entre los principales cambios, la norma establece nuevos límites y condiciones para solicitar la reducción de anticipos. A partir de ahora, las personas humanas y sucesiones indivisas podrán ejercer esta opción desde el tercer anticipo, mientras que los sujetos comprendidos en el artículo 73 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019 y sus modificaciones) podrán hacerlo desde el quinto anticipo, o desde el tercero cuando la suma estimada a ingresar supere en más del 25 % el impuesto determinado para el período fiscal correspondiente. En ambos casos, si el exceso proyectado es superior al 40 %, la opción podrá ejercerse desde el primer anticipo.
La resolución también actualiza los montos mínimos para acceder al procedimiento especial de reducción de anticipos. En adelante, los contribuyentes incluidos en el segmento 11 —según la clasificación fiscal establecida por ARCA— deberán superar los $250 millones, mientras que para el resto de los contribuyentes el límite será de $200 millones. Estos valores se ajustarán anualmente a partir del 1° de marzo de cada año, aplicando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC. La primera actualización excepcional se realizará el 1° de marzo de 2027, tomando como referencia la variación del IPC entre noviembre de 2025 y diciembre de 2026.
De acuerdo con el artículo 4° de la resolución, las nuevas disposiciones entran en vigencia el día hábil siguiente a su publicación en el Boletín Oficial y serán aplicables a las solicitudes de reducción de anticipos presentadas a partir de esa fecha. La norma fue dictada en el marco de las facultades conferidas por la Ley N.º 11.683 (t.o. 1998), el Decreto N.º 618/1997, el Decreto N.º 953/2024 y el Decreto N.º 13/2025.
Con esta actualización, ARCA busca dar mayor previsibilidad y ajuste automático a los parámetros del régimen de anticipos, incorporando mecanismos de actualización anual vinculados al índice inflacionario, y adaptar los umbrales a la realidad económica actual. La medida se inscribe en un proceso de modernización administrativa y simplificación de trámites para contribuyentes y responsables del impuesto.




