La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió la Resolución General N° 5777/2025, publicada el 22 de octubre, que modifica y amplía el alcance del régimen de facilidades de pago establecido en junio por la RG 5711/2025.
El objetivo de esta actualización es favorecer el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y ofrecer mayores posibilidades de regularización a los contribuyentes.
Principales cambios introducidos
- Extensión del período alcanzado
Ahora podrán incluirse en el plan las obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social —junto con sus intereses y multas— vencidas hasta el 31 de agosto de 2025, inclusive.
(Antes, el límite era el 30 de abril de 2025). - Reducción del pago a cuenta
Se disminuyen en 5 puntos porcentuales los anticipos exigidos para adherir, manteniéndose la cantidad máxima de cuotas según el tipo de contribuyente: Tipo de contribuyenteMáx. cuotasPago a cuentaTasa de financiaciónPersonas humanas, sucesiones indivisas, Micro y Pequeñas Empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud605%50% de la tasa de interés resarcitorio (según normativa del MECON)Medianas Empresas (Tramos 1 y 2)4810%IdemResto de contribuyentes3615%Idem
Recordatorio del régimen original (RG 5711/2025)
El plan de facilidades permite regularizar deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, sin reducción de intereses ni condonación de sanciones.
El acogimiento se realiza mediante el sistema “Mis Facilidades”, con Clave Fiscal, hasta el 30 de diciembre de 2025.
En resumen
La nueva resolución amplía los plazos y mejora las condiciones de ingreso, lo que representa una oportunidad para regularizar deudas con condiciones más accesibles y promover el cumplimiento tributario.
Vigencia: desde el 3 de noviembre de 2025.




